Son muchas las personas que deciden cambiar algún aspecto de su vida mediante la cirugía estética. Sin embargo, siempre surgen dudas sobre cómo llevar a cabo ese cambio y lo que supondrá en el día a día. Una de esas dudas es precisamente sobre la vida laboral, ¿Tienes derecho a coger una baja laboral si vas a operarte de cirugía estética?
Si estás planteándote someterte a una intervención quirúrgica por motivos estéticos te habrás preguntado cuál es la duración del postoperatorio y sobre todo cómo afectará a tu actividad diaria. Lo cierto es que independientemente de qué tipo de cirugía sea no deja de ser una cirugía, por lo tanto, requerirá un periodo de recuperación tras ella.
A pesar de que la mayoría de cirugías con fines estéticos permiten retomar la vida normal con relativa facilidad y a los pocos días de la operación, dependiendo de qué tipo de trabajo tengas podrás incorporarte antes o después. Esto quiere decir que existen situaciones en las que se hace necesario solicitar una baja laboral para poder completar el postoperatorio con éxito.
La baja laboral por cirugía estética
El postoperatorio es el tiempo de recuperación necesario para que la cirugía que se haya realizado complete su cicatrización. Esta etapa resulta esencial para garantizar un resultado óptimo en cualquier intervención quirúrgica, pero en el caso de la cirugía estética más aún. Unos resultados naturales y satisfactorios son el objetivo final de este ámbito de la cirugía y, para lograrlo, cumplir las indicaciones y recomendaciones médicas al pie de la letra es totalmente imprescindible.
Esta es la razón por la cual tras una operación de cirugía plástica es necesario que te tomes unos días de reposo. La duración del postoperatorio dependerá obviamente del tipo de intervención ya que no es lo mismo realizarse una rinoplastia que una abdominoplastia o una cirugía de aumento de pecho. Sin embargo, todas tienen en común que requieren un mínimo de reposo. Por ello, en ocasiones es inevitable tener que solicitar una baja médica.
Es importante conocer todos los detalles sobre esta baja laboral ya que está sujeta a diferentes condiciones que una baja médica por razones de salud. Aunque cualquier persona tiene derecho a acogerse a una baja laboral por una cirugía plástica, la empresa de trabajo no tiene obligación de asumir los costes que supone el postoperatorio.
Según lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social, la empresa no debe asumir los costes de una baja laboral por una intervención que no esté cubierta por la seguridad social. Sin embargo, a pesar de esto, existe un artículo que dictamina que el trabajador tiene derecho a solicitar la baja laboral puesto que se trata de una decisión de su vida personal en la que no puede intervenir la obligación contractual laboral. Además, se estipula que ese período de baja médica no debe comprometer el periodo vacacional del trabajador.
¿Qué sucede cuando la cirugía estética se debe a una razón de salud?
Existen determinadas situaciones en las que no se aclara desde la ley cómo se debe actuar. Estas situaciones hacen referencia sobre todo a cuando una cirugía estética no se debe a motivos estéticos sino de salud. Este es el caso, por ejemplo, de algunas cirugías de reducción de pecho e incluso de algunas rinoplastias que se realizan por problemas de espalda o problemas respiratorios.
En estas circunstancias es difícil determinar si la baja laboral debe estar cubierta o no por la seguridad social. ¿Cómo actuar en estos casos? Lo más importante es acreditar mediante documentos médicos el problema de salud que está ocasionado por un defecto físico que es posible solucionar a través de la cirugía estética.
En Clinimagen somos especialistas en intervenciones quirúrgicas de cirugía estética por lo que podremos asesorarte de forma adecuada sobre todo tipo de dudas desde las sanitarias hasta las legales.