En España se practican un total de 400.000 cirugías para mejorar el aspecto físico y según los datos de la Sociedad Española de Medicina Estética (SEME), el 10% de estas operaciones las solicitan menores de edad.
Tal y como especifica la Ley de Autonomía del Paciente en su artículo 9, cuando se trata “de menores no incapaces ni incapacitados, pero emancipados o con dieciséis años cumplidos, no cabe prestar el consentimiento por representación”. Lo que significa que, a partir de esta edad, el paciente puede someterse a una operación sin la aceptación de sus padres, siempre y cuando se considere que tienen suficiente madurez.
Por debajo de los dieciséis años de edad, como especifica la Ley de Autonomía del Paciente, todos los menores necesitan el consentimiento por representación si quieren pasar por quirófano. Una decisión que queda relegada al tutor en las opciones en que el reglamento considera que el paciente menor de edad “no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención”.
Retrasar las operaciones estéticas por las que los jóvenes que aún no han alcanzado la mayoría de edad acuden a las consultas es una de las opciones más adoptadas por los cirujanos. La principal contraindicación para este tipo de intervenciones reside en el hecho de que el cuerpo de los menores aún está en pleno desarrollo, por lo que no es conveniente someterlo a alteraciones quirúrgicas.